* Centros de Salud de Atención Primaria.
¿A quién va dirigida?
A aquellas personas en activo o pensionista, residente en la CC. AA. de Andalucía, que:
1. Disponga de Tarjeta de la Seguridad Social.
2. Un tratamiento crónico instaurado por:
A. El médico especialista.B. El servicio de urgencias de un Hospital.C. El médico de familia.
¿En qué consiste?
Cuando el usuario sea ingresado o visite al especialista en un hospital, o sencillamente al ir a su consulta habitual, si tiene un tratamiento crónico, el médico al acceder a los datos del mismo modificará directamente el tratamiento y según la duración del tratamiento o la cita para la próxima revisión, acumulará los "créditos" necesarios para cubrir este período de tiempo.
¿Qué son los créditos?
El número de envases de cada medicamento necesario para cubrir el período de tiempo previsto.
¿Cómo disponemos de los créditos?
Tiene que venir a la farmacia con su TARJETA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, para que podamos acceder a su ficha y podamos proceder a dispensarle su medicación.
¿Y la receta?
Toda la información estará grabada en el Servidor Central del SAS y tendrá acceso a ella mediante su Tarjeta de la Seguridad Social.
¿Puedo recuperar creditos atrasados?
Si se sobrepasa el periodo de recogida (dos meses), estos créditos caducarán, y no podrán recuperarse.
BENEFICIOS:
1. Fin de la pérdida de mañanas y de las largas esperas en la consulta del médico de cabecera mensualmente para conseguir las recetas.2. Disponibilidad en cualquier momento y en cualquier farmacia de Andalucía del tratamiento con sólo presentar la Tarjeta de la Seguridad Social.
3. Fácil seguimiento fármaco-terapéutico desde la Oficina de Farmacia
4. Descongestión de las Consultas de los Centros de Salud.
5. Ahorro en tiempo de los profesionales y administrativos de los Servicios Sanitarios y del gasto en papel.